Si que se puede conseguir, y así lo ha ratificado el Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Móstoles condenando a un deudor de un cliente de Gesico a pagar la cantidad de 36.888 euros, así como los intereses de la Ley de Morosidad, a pesar de que el cliente no tenía la mayoría de los albaranes firmados. El Juez entiende probado que:
“A la vista de dichos elementos probatorios y de las alegaciones efectuadas por la demandada, cabe concluir que la actora ha desarrollado una prueba apta suficiente para acreditar sus pretensiones, mientras que la demandada no las ha desvirtuado”
Por este motivo el Juez les condena al pago de los 36.888 euros reclamados, más los intereses de la Ley de Morosidad desde el día siguiente al vencimiento de las facturas, que eran del ejercicio 2012 y 2013. Ello supone más de un 20 % adicional de intereses sobre el principal. Del mismo modo les condena al pago de las costas procesales del procedimiento.
Gesico ha logrado que una deuda de 36.888 euros se haya transformado en una deuda en la actualidad de más de 44.000 euros con los intereses, que siguen devengándose por encima del 8% anual hasta el completo pago de la deuda, así como más de 5.000 euros adicionales de costas procesales.
Si el deudor hubiese llegado a un acuerdo extrajudicial con Gesico se hubiese ahorrado todos estos costes adicionales. Del mismo modo, nuestro cliente ha conseguido una capitalización de sus ventas al 8 %, una rentabilidad que es imposible conseguir en el mercado.
*Más sentencias por sectores de actividad a su disposición en el Blog Bufete Gesico